Ayudas y Subvenciones

 

pdf - Ucomur RESUMEN DE LA ORDEN DE SUBVENCIONES 2022-2023

1 EMPLEO EN COOPERATIVAS

Cooperativas de nueva constitución o que incorporen, desde el 1 de octubre de 2022, hasta el 30 de septiembre del 2023 como socios/as trabajadores/as por tiempo indefinido y a jornada completa a:

  • Personas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del SEF antes del alta como socio/a, que se encuentren al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda.
  • Trabajadores/as por cuenta ajena de que pasen a ser socios/as de la empresa en la que estaban contratados/as.
  • Trabajadores/as por cuenta ajena de empresas mercantiles, incorporados/as como socios/as en sociedades cooperativas surgidas de la transformación de la sociedad mercantil.

Cuantía de la subvención,

  • Si el socio/a aporta 1.000 euros o más a capital social
    • Hombre: 7.000 euros
    • Mujer: 8.500 euros
    • Riesgo de exclusión del mercado de trabajo: 9.500 euros
    • Jóvenes menores de 30 años: 10.000 euros
    • Discapacitado/a: 11.500 euros

Como máximo se subvencionarán 6 puestos de trabajo por entidad.

2 APORTACIONES EN COOPERATIVAS

  • Cooperativas que realicen aportaciones dinerarias, desde el 1 de octubre de 2022, hasta el 30 de septiembre de 2023 que incrementen el capital social escriturado de la empresa en una cuantía no inferior a 3.000 euros, debiendo estar desembolsado en su totalidad.
  • El importe a subvencionar será el 25% del capital social antes mencionado, con un máximo subvencionable de 16.000 euros por socio/a (tope máx. 4.000 euros de subvención).
  • Como máximo se subvencionarán 6 incrementos de capital social por entidad.

3 INVERSIONES EN COOPERATIVAS

  • Cooperativas que realicen inversiones, desde el 1 de octubre de 2022, hasta el 30 de septiembre de 2023, en activos fijos materiales nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados, o por construcción o adquisición de local comercial o nave industrial donde la cooperativa vaya a desarrollar su actividad económica. El importe a subvencionar será el 30% de la inversión realizada (tope máx. 40.000 euros de subvención).
  • Adquisición de programas informáticos, siendo la inversión máxima subvencionable 20.000€.
  • Se incluye la subvención por adquisición de vehículos industriales con un máximo subvencionable de 24.000€, por vehículo, (el proveedor deberá ser una empresa cuya actividad económica sea la venta de éstos, no es válido de particulares).

  • Para acceder a solicitar dichas ayudas se requiere una inversión mínima de 12.000 euros.
  • La inversión deberá estar realizada y pagada mediante transferencias bancarias a nombre del proveedor o tarjeta de crédito de la cooperativa, en el momento de su solicitud, no se aceptan Renting, Leasing y Financieras.
  • La cooperativa debe disponer de fondos propios en una cuantía de al menos el 25% de la inversión.

IMPORTANTE

  • La solicitud de las ayudas al Empleo y Capital Social conlleva un compromiso de mantenimiento del empleo y del capital social de los socios subvencionados durante al menos 3 años. (desde su fecha de alta en S. Social); el de Inversiones 5 años.
  • Durante el período obligado de mantenimiento del puesto de trabajo subvencionado el socio trabajador sólo podrá desarrollar una actividad a jornada completa, la de la cooperativa.
  • En caso de baja de uno de los socios/as subvencionados/as antes de los 3 años, la cooperativa contará con un plazo de 6 meses para su sustitución en igualdad de las condiciones por las que fue subvencionado/a.
  • Los socios/as subvencionados que se marchen de la cooperativa no podrán solicitar subvención en otra cooperativa durante un periodo mínimo de 10 años desde el inicio del hecho subvencionable.
  • Tanto los socios/as como la cooperativa deben estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda, así como disponer del certificado digital de la cooperativa.
  • El plazo finaliza el 30 de septiembre.
  • A efectos de organización la documentación deberá estar en UCOMUR como máximo el 25 de septiembre.