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Las cooperativas deberán adaptarse a los cambios en la normativa mercantil

Ucomur, Ucoerm y Fecoam organizaron una jornada informativa para explicar las modificaciones necesarias en la contabilidad a partir del uno de enero.

 

El salón de actos del Archivo Regional acogió el viernes 17 de diciembre una jornada informativa titulada ‘La Repercusión del Nuevo Plan Contable sobre el Capital Social de las Cooperativas’ organizada por Ucomur, Ucoerm y Fecoam. El principal objetivo era comunicar a los responsables y socios de las cooperativas los cambios que se han producido en la normativa mercantil, para adaptar la legislación española a nivel internacional en materia contable, con base en la normativa derivada de la Unión Europea, así como el Plan General de Contabilidad que entró en vigor el 1 de enero de 2008, que obligará a que cada cooperativa, en función de sus circunstancias, adopte decisiones sobre su estructura de capital. En el acto participó el presidente de Ucomur y Ucoerm, Juan Antonio Pedreño; el presidente de Fecoam, Santiago Martínez; el director general de Trabajo, Fernando José Vélez y Ana García, del departamento jurídico de Fecoam. Las Normas de Registro y Valoración del Plan General de Contabilidad, en su punto nueve, indican que “los instrumentos financieros emitidos, incurridos o asumidos se clasificarán como pasivos financieros en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad económica supongan para la empresa una obligación contractual directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero”.

Pedreño explicó que esto supone que las obligaciones de pago y, en concreto, las que afectan al reembolso de las aportaciones del capital de los socios de las cooperativas, serán clasificadas contablemente, con independencia de su consideración jurídica, como pasivo exigible. Si, por el contrario, la cooperativa (por ley o por estatutos) goza del derecho incondicional a rehusar el reembolso de las aportaciones, se definirán como patrimonio neto.Los nuevos criterios entraban en vigor el 1 de enero de 2010, pero se consiguió una prórroga de un año más, para que comenzaran a partir del 1 de enero de 2011. Pedreño apuntó que los cambios sólo afectan a los ejercicios que comienzan a partir del 1 de enero y que las cooperativas tienen de plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 para definir su capital. Hasta ahora, el capital social aportado por los socios era exigible por los mismos en el momento de causar baja en la cooperativa por cualquier razón. Para que esto sea así en 2011, se deben de adoptar una serie de medidas, tanto en la Ley de Cooperativas de la Región de Murcia como en los estatutos de cada una de las cooperativas regionales.El presidente de Ucomur y Ucoerm destacó que el objetivo final es que “se salvaguarde la indefensión del socio” ante una decisión de la cooperativa que estabilizaría su posición económica ante entidades financieras, proveedores y terceros, en general, pero podría debilitar el reembolso de las aportaciones realizadas por el socio y que en ese momento figuren como capital social de los mismos. Para ello, se introducirán una serie de “cautelas” para intentar asegurar al socio que tendrá derecho a recuperar el capital que ha invertido. La intención es realizar unos estatutos tipo, que luego simplemente varíen en lo que cada cooperativa decida.El director general de Trabajo, Fernando José Vélez, aseguró que la Administración está de acuerdo con los planteamientos de Ucomur, Ucoerm y Fecoam, y que se adaptará la Ley de Cooperativas para proteger los intereses de los cooperativistas. Así, indicó que en enero se producirá otra reunión en la que estará presente el consejero de Educación, Formación y Empleo, Constantino Sotoca, para explicar al detalle las reformas propuestas. También apuntó que el plazo “más razonable” para que esté lista la Ley es el mes de septiembre, debido a las elecciones del próximo año. Así, quedarían cuatro meses para adaptar formalmente los estatutos de cada cooperativa y, según indicó Pedreño, aprovechar la ocasión para establecer un código de buen gobierno.Las organizaciones mostraron su total disposición a asesorar e informar a través de reuniones individuales con las cooperativas a lo largo del año que viene para guiarles durante todo el proceso de cambio normativo, que estabiliza a la empresa y que se pretende que también beneficie al socio.  Ficha:HoyCapital social del socio es patrimonio de la empresa, cuando causa baja voluntaria, obligatoria o por otras causas, se produce el reembolso de su aportación al capital social, según la Ley de Cooperativas y los estatutos de las cooperativas.A partir del uno de enero El capital social se debe clasificar como pasivo (exigible) o patrimonio (rehusable). El exigible se devuelve al socio cuando causa baja, pero si se clasifica como patrimonio deberán introducirse cautelas en los estatutos de la cooperativa y en la Ley para que se pueda devolver al socio.